NOVEDADES EN TRANSPORTE DE MERCANCÍAS

NOVEDADES EN TRANSPORTE DE MERCANCÍAS

Hoy se publica en el B.O.E. la Resolución de 14 de abril de 2020, de la Dirección General de Transporte Terrestre, por la que se exceptúa temporalmente el cumplimiento de las normas de tiempos de conducción y descanso en los transportes de mercancías y determinados transportes de viajeros.

Excepciones que serán aplicables desde el 13 de abril al 31 de mayo, ambos inclusive, para todo el territorio nacional. Las anteriores excepciones finalizaron su vigencia el pasado Lunes.
Transporte de mercancías

Conducción diaria: se fija en 11 horas el período máximo diario de conducción para todos los días de la semana.

Descanso diarioel período de descanso diario queda fijado en 9 horas para todos los días.

Descanso semanalse podrá disfrutar de dos descansos semanales reducidos, consecutivos, siempre que:

  • El conductor tome al menos 4 períodos de descanso semanales en esas 4 semanas consecutivas, de los cuales al menos dos tendrán que ser períodos de descanso semanales normales de al menos de 45 horas.
  • No se requiere compensación de los descansos semanales reducidos.

Se permite que el conductor tome su descanso semanal normal en el vehículo, siempre y cuando el vehículo vaya adecuadamente equipado para el descanso de cada uno de los conductores y esté estacionado.

Descarga: Resolución de la Dirección General de Transporte Terrestre